El agua es vida y no está en duda la importancia que tiene para el desarrollo de una sociedad. En Chile, el recurso es “un bien nacional de uso público” y su aprovechamiento está resguardado para el consumo humano, preservación del medio ambiente, producción de alimentos, generación de energías limpias y/o uso en la minería. Del 100% del agua disponible, el ser humano toma un 6% para consumo personal y el 94% restante se emplea en distintas actividades productivas, entre ellas la agricultura.
Desde antes de la época colonial que existe la necesidad de obtener alimento para la población y fueron los agricultores quienes captaban agua desde el río para llevarla hasta sus cultivos. Bajo este contexto agrícola surge el Código del Agua, donde el Estado para incentivar estas obras de regadio entregó a los agricultores derechos de aprovechamiento “para su uso, goce y disposición del agua a perpetuidad” bajo una figura legal denominada “canalistas” y que en nuestra zona agrupa a miles de asociados (el 80% de ellos son pequeños agricultores). Otorgar este derecho a los agricultores tuvo como propósito convertir a la zona en una potencia agroalimentaria.
Actualmente el Estado promueve una reforma al Código de Aguas con cambios que buscan tomar el control del recurso para regular su uso y así “liberar agua” entre quiénes lo necesitan, confiscando los derechos ya otorgados para reemplazarlos por una nueva concesión que durará como máximo 30 años. A futuro, la administración de turno de la DGA tendrá la atribución de renovar o finiquitar estos derechos, según su criterio. Esta situación que puede dar origen a especulaciones y/o actos de corrupción, perjudicando a la agricultura y a quienes subsisten de esta actividad.
La reforma eliminará la “disposición” que el agricultor puede hacer con el recurso cambiando conceptos como “dominio” por “titularidad” –pasando de ser propietario a sólo beneficiario– y podrá confiscar el agua sin indemnización. Sin embargo, el derecho de aprovechamiento del agua considera – desde sus inicios– la indemnización cuando el Estado requiera tomar ese derecho. Así lo indican sus artículos a lo largo de la historia desde 1803 en la Cédula de la Corona Española hasta en el actual código creado en 1981.
Este decomiso provoca un daño enorme a las familias de campesinos que no podrán heredar uno de sus patrimonio más importante a sus futuros descendientes. Gracias a este aprovechamiento del agua cada agricultor tiene la certeza de asumir emprendimientos agrícolas y alcanzar la subsistencia familiar que se mantiene por generaciones. Las autoridades de turno hacen creer que los agricultores no han hecho un correcto y responsable uso del agua, siendo que el 96% de ellos ocupa este derecho, casi en su totalidad en labores agrícolas.
Los canalistas y pequeños agricultores no somos dueños del agua y no estamos en contra de la reforma. Por el contrario, la consideramos una demanda legítima y hemos intentado ser parte activa de ella buscando evitar que la reforma se planifique entre cuatro paredes llevándola a un debate más amplio para disminuir la incertidumbre, llegar a concensos y contar con una reforma que regule el agua promoviendo su buen uso a todos los sectores productivos.



juan guillermo farr gaete
Director, Asociación de Canalistas Embalse Recoleta
Texto de prueba y simulación de párrafos para maqueta electrónica del sitio web www.embalserecoleta.cl Texto de prueba y simulación de párrafos.